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Materia I · Derecho administrativo

Término anticipado y no renovación de contratas

Para funcionarios a contrata del sector público a quienes se les puso término anticipado o no se les renovó la designación. Atendemos en Concepción y a distancia en todo Chile.

fs. 01Qué dice la ley

La contrata termina el 31 de diciembre.

Según el Estatuto Administrativo, la designación a contrata termina el 31 de diciembre de cada año por el solo ministerio de la ley, salvo que se haya propuesto la prórroga con al menos treinta días de anticipación.

Por eso la pregunta no es solo si la autoridad podía no renovar, sino qué antecedentes tiene usted: cuántos años lleva a contrata, cómo se le comunicó la decisión y con qué fundamento.

Fuente: Ley 18.834, art. 10

fs. 02Qué cambió en 2024

La Contraloría ya no resuelve la confianza legítima.

Desde el dictamen E561358, del 6 de noviembre de 2024, la Contraloría se abstiene de resolver los reclamos por confianza legítima: considera que es una materia litigiosa, cuya resolución corresponde a los tribunales de justicia.

El mismo dictamen recoge que la Corte Suprema dejó atrás el criterio de dos años y hoy entiende que la confianza legítima opera después de cinco años de servicio a contrata.

En la práctica, un reclamo que antes se presentaba ante la Contraloría hoy se discute ante los tribunales, con plazos propios que corren desde el acto.

Fuente: Contraloría General de la República, dictamen E561358 de 2024

fs. 03Qué vías quedan

Los plazos que corren desde la notificación.

  1. Ley 19.880, art. 59

    Reposición y jerárquico

    Contra el acto procede la reposición ante el mismo órgano dentro de cinco días hábiles y, cuando corresponde, el recurso jerárquico, en subsidio o directamente, en el mismo plazo. No hay jerárquico contra actos de ministros, alcaldes ni jefes superiores de servicios descentralizados.

    DefensaRecurso fundado, con los antecedentes de sus años de servicio.

  2. Auto Acordado, Acta 94-2015

    Recurso de protección

    Se presenta ante la Corte de Apelaciones del lugar donde ocurrió el acto o donde produce sus efectos, dentro del plazo fatal de treinta días corridos desde el acto o desde que se tuvo conocimiento cierto de él.

    DefensaRevisar con tiempo si procede en su caso: pasado el plazo ya no se puede presentar.

  3. Ley 18.834, art. 160

    Reclamo ante la Contraloría por otros vicios

    Para otros vicios de legalidad, distintos de la confianza legítima, sigue existiendo el reclamo ante la Contraloría, dentro de diez días hábiles desde que se tuvo conocimiento del acto.

Fuente: Ley 19.880, arts. 25 y 59 · Auto Acordado de la Corte Suprema sobre el recurso de protección (Acta 94-2015), N° 1 · Ley 18.834, art. 160

fs. 04Casos que hemos llevado

Causas reales, sin datos de los clientes.

Los describimos sin nombres ni datos que permitan identificar a quienes representamos.

Caso 1

Término anticipado de contrata

Asesoría a un profesional a contrata a quien se le puso término anticipado a su designación.

Cada causa depende de sus antecedentes. Un caso anterior no asegura el resultado de otro.

fs. 06Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan en la primera consulta.

Respuestas generales, revisadas contra la ley vigente en octubre de 2026. Los plazos concretos dependen de su caso: revíselos con un abogado antes de que venzan.

Hay abogados en Concepción para casos de término o no renovación de contrata?

Sí. Jara y Gallegos Abogados atiende en Caupolicán 567, oficina 409, en el centro de Concepción, y a distancia en todo Chile.

César Gallegos tiene más de 15 años en la administración pública. Jennifer Jara litiga ante las Cortes de Apelaciones, donde se tramitan los recursos de protección.

Cuántos años a contrata necesito para alegar confianza legítima?

Según el dictamen E561358 de la Contraloría, la Corte Suprema entiende hoy que la confianza legítima opera después de cinco años de servicio a contrata; antes aplicaba un criterio de dos años.

Si procede en su caso depende de sus antecedentes, por ejemplo de cuántas veces se renovó la contrata y en qué condiciones.

Fuente: Contraloría General de la República, dictamen E561358 de 2024

Todavía puedo reclamar ante la Contraloría?

Por confianza legítima, no: desde noviembre de 2024 la Contraloría se abstiene de resolver esos reclamos y los deja a los tribunales.

Por otros vicios de legalidad sí existe el reclamo ante la Contraloría, dentro de diez días hábiles desde que se tuvo conocimiento del acto.

Fuente: Contraloría, dictamen E561358 de 2024 · Ley 18.834, art. 160

Qué plazo tengo para presentar un recurso de protección?

Treinta días corridos desde el acto o desde que tuvo conocimiento cierto de él. Es un plazo fatal: pasado ese día, el recurso ya no se puede presentar.

Se presenta ante la Corte de Apelaciones del lugar donde ocurrió el acto o donde produce sus efectos.

Fuente: Auto Acordado de la Corte Suprema sobre el recurso de protección (Acta 94-2015), N° 1

fs. 07Consulta

Cuéntenos su caso.

Escriba en pocas líneas qué pasó y en qué etapa está. Si le notificaron cargos, una resolución o una demanda, indique la fecha de notificación: muchos plazos se cuentan desde ese día.

Indique su nombre.

Escriba brevemente su consulta.

Se abre WhatsApp con su mensaje listo para enviar. El primer contacto es informativo y no genera una relación abogado-cliente hasta acordar los términos del servicio.